Economía
Reglamentan comprobante de venta para pequeños comerciantes dentro de Resimple
Asunción, IP.- La Subsecretaría de Tributación (SET) dio a conocer el comprobante de venta que emitirán los micro y pequeños comerciantes que liquidarán el impuesto de renta empresarial, dentro del régimen denominado “Resimple”.
Los comprobantes de venta deberán contar con fecha de emisión, número de RUC o cédula del comprador, nombre y apellido del comprador, y el monto total de la operación.
No será necesario describir la mercadería vendida o la cantidad de productos entregados, entre otros datos que son obligatorios al llenar una Factura.
Asimismo, las boletas RESIMPLE, al no estar afectadas al IVA, no se requerirá hacer cálculos de porcentaje de impuesto, lo que facilita aún más la emisión para estos contribuyentes, informó la SET sobre los alcances de su última resolución.
El Resimple es un régimen dentro del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) dirigido a micro y pequeños comerciantes que facturen por menos de Gs. 80 millones al año.
El titular de la SET, Oscar Orué, señaló que dentro de este régimen entrarán actividades como venta de comidas, chiperos, yuyeros, y otros pequeños comerciantes, con el objetivo de facilitar su formalización e ingreso al sistema financiero.
Durante todo el 2020, la SET se abocará a la capacitación de este sector para que empiecen a emitir los nuevos comprobantes. Ya en el 2021, la Subsecretaría iniciará las fiscalizaciones.
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