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Notas

YA LLEGAREMOS EN ALGÚN MOMENTO AL DEBATE SOBRE LAS RESTRICCIONES O NO A QUIENES NO SE VACUNAN

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Si bien el derecho a vacunarse o no debe respetarse, ¿Cómo se establecerá las medidas sanitarias que precautelen el interés general sin vulnerar derechos individuales?
Nuestra Constitución Nacional garantiza la libertad de elegir (Art. 9: DE LA LIBERTAD Y DE LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS) que expresa que toda persona tiene el derecho a ser protegida en su libertad y en su seguridad. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no prohíbe.
Pero en el Art. 68 (DEL DERECHO A LA SALUD) dice que el Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes. Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana.
Derechos individuales o interés general?
Los locales comerciales, de entretenimiento, etc., podrían acogerse al derecho de admisión para prohibir la entrada a no vacunados?
O copiamos lo de Francia? Si no te vacunas te quedas en casa!!!
Dijo Macron en estos días: No podemos hacer que quienes tienen el sentido cívico de vacunarse carguen con la carga de los inconvenientes.
Que opinan? Sin miedo ??
Pd: todavía no publiqué mi tarjeta de vacunación, lo haré cuando reciba la segunda dosis!!! ??

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